FAQ - Diferencia entre visibilidad de expedientes, terceros y documentos
En relación con la VISIBILIDAD en Sede Electrónica debemos distinguir tres niveles/apartados:
1) En primer lugar, debemos atender a la visibilidad del expediente.
a. En caso de no ser visible, los terceros no podrán visualizar el expediente en su carpeta ciudadana.
b. En caso de ser visible, los terceros podrán visualizar en su carpeta ciudadana el expediente, siempre y cuando tengan activada la visibilidad individual en la pestaña de terceros.
2) En segundo lugar, debemos atender a la visibilidad individual de cada tercero en el expediente. (Pestaña terceros)
a. En caso de tener activada la visibilidad de manera individual, podrá visualizar el expediente en su carpeta ciudadana, siempre y cuando el expediente esté visible a nivel general.
b. En caso de tener desactivada la visibilidad de manera individual, el tercero no tendrá acceso al expediente, con independencia de que éste se encuentre visible a nivel general.
3) En tercer lugar, debemos atender a la visibilidad de los documentos en el expediente. Una vez que el interesado tiene acceso al expediente (punto 1 y 2), visualizará los documentos en función de la visibilidad específica de cada documento. Esta visibilidad específica de documentos es aplicable a todos los terceros con acceso al expediente.
NOTIFICACIONES Y VISIBILIDAD WEB.
En cuanto a NOTIFICACIONES, debemos aclarar que las mismas no se rigen por la visibilidad, pues las mismas son consultadas en apartado independiente en sede electrónica.
Por lo tanto, como regla general, las mismas serán accesibles en sede electrónica únicamente por el destinatario de éstas, con independencia de la visibilidad del propio expediente, de cada uno de los terceros y de los documentos que obren en él.